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Iliber Abogados consigue anular una sanción por falta grave al existir vulneración de Derechos Fundamentales

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha anulado una sanción por falta grave a una Guardia Civil, al entender que tanto la autoridad que sancionó, como el Tribunal Militar que en primera instancia confirmó la sanción, vulneraron los Derechos Fundamentales de la expedientada.

Lo relevante de esta Sentencia es que, el Tribunal Militar Central, que desestimó primeramente el recurso al entender que no había prueba de cargo suficiente para sancionar, solicitó de oficio nueva prueba incriminatoria, faltando con ello a su deber de imparcialidad, y enmendando la plana al órgano sancionador en vez de anular directamente la sanción por haberse impuesto sin prueba de cargo suficiente.

Los hechos fueron los siguientes: en un escrito de alegaciones sin firma atribuido a la encartada, en otro expediente anterior, se realizaban manifestaciones que pudieran vulnerar la disciplina, pero la encartada negó su autoría.

Además el traslado del documento desde el primer expediente se produjo sin formalismo alguno, por lo que no había garantía suficiente de que el documento aportado fuera el mismo, habiendo sido ya negado por la encartada, como ya se ha dicho, por lo tanto dicho documento, la única prueba existente, debería haberse invalidado.

Todo ello hacía que no hubiera prueba de cargo suficiente para sancionar disciplinariamente, y aún así, obviando las garantías que deben regir un procedimiento disciplinario, se resolvió con una sanción de pérdida de quince días de haberes.

Dicha resolución se impugnó ante la Sala del Tribunal Militar Central que, lejos de anular la sanción por ser nula la única prueba incriminatoria, se apartó de su obligación de imparcialidad solicitando nueva práctica de prueba, solicitando se incorporara el primer expediente al procedimiento, y desestimando el recurso.

Ya personados en el Tribunal Supremo, este Alto Tribunal le afea a la Sala de instancia dos aspectos, el primero que los Tribunales no pueden subsanar los errores en las garantías constitucionales que se hayan vulnerado durante el procedimiento administrativo, y el segundo, que la facultad que tiene un Tribunal para practicar nuevas pruebas debe realizarse de forma muy restrictiva, pues de otro modo se estaría vulnerando su imparcialidad, y anula la sanción, como no podía ser de otra forma.

Esta sentencia de Casación del Tribunal Supremo es un suma y sigue de sentencias ganadas por este despacho en la sección de Derecho Militar.

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