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La Audiencia de Granada condena al Coronel de la Guardia Civil acusado por tráfico de drogas.

José Guerrero, letrado del equipo jurídico de AUGC y director del Departamento de Derecho Militar de Iliber Abogados, ha ejercido la dirección letrada de la acusación popular durante todo el proceso.

Si hace apenas dos meses informábamos de que la Sala Penal del Tribunal Supremo anulaba una sentencia de la Audiencia Provincial de Granada, que absolvía a un Coronel de la Guardia Civil juzgado por tráfico de drogas, y devolvía los autos para nueva deliberación y fallo, hemos de decir que ya tenemos sentencia.

Y gracias a la labor de nuestro despacho, con nuestro socio José Guerrero a la cabeza, como acusación popular de AUGC, hemos conseguido una sentencia condenatoria, imponiéndose un total de siete años y tres meses de prisión, inhabilitación para sufragio pasivo e inhabilitación para empleo o cargo público por siete años, además de multa de 6.120.000€ (más de seis millones de euros).

A ello hay que añadirle la condena en costas, también a la acusación popular.

El acusado colaboró con una banda de narcotraficantes para permitir la entrada en España, por las costas de Granada, de casi 4.000 Kg. de Hachís. Como Jefe de la Policía Judicial de la provincia acordó un plan para permitir la entrada de la droga, que consistía en dar información falsa, incluso permitiendo la aprensión de pequeños alijos, para que el grueso de la mercancía entrase burlando las operaciones de la Guardia Civil.

Si bien en una primera instancia la Audiencia de Granada, aunque reconociendo los hechos como probados los tuvo por prescritos, en esta nueva sentencia se ha producido la condena, ya que el Tribunal Supremo estableció por agravante de la “extraordinaria gravedad de los hechos probados” los delitos no habrían prescrito.

Este despacho se muestra satisfecho con la condena de la Audiencia Provincial y, aunque la sentencia ha sido recurrida por el condenado ante el Tribunal Supremo, confiamos en que se mantenga en todos sus términos.

La sentencia está en el siguiente enlace (fuente CENDOJ)

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